El Instituto Nacional de Transporte (INTT) estableció una nueva normativa en cuanto al horario para la circulación de motos a nivel nacional.
El horario de circulación para este tipo de transporte será de 4:30 de la mañana a 11:00 de la noche en gran parte del país.
Además, mediante la información obtenida en sus redes sociales, atribuidas al organismo nacional de transporte, detallaron una serie de medidas que serán motivos de retención de la moto en caso de incumplimiento.
Entre ellas destacan las siguientes normativas que pueden ser caso de sanción o retención del vehículo por incumplimiento:
- No portar casco de seguridad (tanto el conductor como el parrillero).
- Circular más de dos personas en la moto.
- Prohibida la circulación de niños menores de 9 años en dicho vehículo.
- Uso obligatorio del seguro de Responsabilidad Civil.
- Asimismo, deberá tener su debida documentación en regla, principalmente su licencia de conducir y el certificado médico vial, acreditación apta para conducir el vehículo que maneja.
Al respecto, la información destaca que para realizar algún tipo de diligencias deberá buscar otro tipo de traslado después de la hora de circulación, ya que luego de la hora establecida, será motivo de retención y multa.
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